viernes, 2 de agosto de 2013

ORGANIZACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
 
 
Las empresas que actúan en mercados exteriores forman parte de un entorno internacional en el que también participan instituciones y organismos supranacionales cuyas decisiones afectan a los flujos de comercio e inversión, a la transmisión del conocimiento y la tecnología, y a las condiciones de competencia en los mercados.  Por ello, es conveniente que las empresas exportadoras conozcan el funcionamiento de estas instituciones y su evolución futura, ya que incidirán en sus operaciones internacionales y en el diseño de las estrategias de expansión en mercados exteriores.
 

 La Organización Mundial del Comercio y la Libertad de Comercio.

Antecedentes: A pesar de los argumentos a favor del libre comercio, la realidad es que, históricamente, los países han puesto en práctica medidas proteccionistas para defender sus industrias nacionales de la competencia extranjera, sobre todo, en épocas de incertidumbre política y de crisis económica.
Una vez finalizada la Segunda Guerra Mundial, la mayoría de los países establecieron medidas proteccionistas y estrictos controles de cambios que dificultaban enormemente el desarrollo de las relaciones comerciales. Pronto se vio el perjuicio que suponía este proteccionismo sobre el nivel de renta y de bienestar de los ciudadanos al dificultar la división internacional del trabajo y con ello una asignación eficaz de los recursos, de acuerdo con las teorías clásicas del comercio internacional.
El esquema de instituciones que se inició a partir de 1946 con los acuerdos de Breton Woods (cuando se crearon el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial) establecía otra institución: la Organización Internacional del Comercio (OIC), cuya función sería regular los intercambios comerciales a escala mundial. A partir de 1947 se iniciaron negociaciones para la reducción de los elevados aranceles existentes en aquella época. El 30 de octubre de ese año 23 países de economía de mercado firmaron el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio, más conocido por sus siglas inglesas GATT (General Agreement on Tariffs and Trade).
El GATT fue un acuerdo intergubernamental cuyo objetivo fundamental era perseverar y fomentar la progresiva liberalización del comercio internacional mediante la regulación de las relaciones comerciales entre sus signatarios, que se denominan partes contratantes. Su sede está en Ginebra.
Funcionamiento: El órgano decisorio es la Asamblea de las Partes Contratantes, que aprueba las resoluciones siempre que estén de acuerdo al menos dos tercios de los países signatarios. La Asamblea se reúne dos veces por año, y existe además un Consejo de Representantes (generalmente los ministros de Comercio de los Estados miembros del Acuerdo) que se reúne cuatro veces al año, e igualmente cuenta con poderes resolutorios, si bien supeditados a la aprobación final de la Asamblea.
Los países firmantes del acuerdo debían celebrar sucesivas rondas de negociaciones multilaterales para cumplir con su objetivo. En la última ronda celebrada, la Ronda de Uruguay, en el acta final firmada, se acordó crear una Organización Mundial de Comercio (OMC) que se encargara de velar por la libertad de los intercambios comerciales y de servicios.
La Organización Mundial de Comercio ha sustituido al GATT y sus funciones son:
-       Hacer cumplir los acuerdos multilaterales de comercio firmados hasta su creación y seguir fomentando el libre comercio
-       Servir de foro para las negociaciones comerciales multilaterales e, incluso, bilaterales de los países miembros
-       Cooperar con otras instituciones internacionales como son el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM)
La OMC es la institución encargada de asegurar el desarrollo y la liberalización del comercio mundial, de hacer cumplir los acuerdos de la Ronda de Uruguay y de solucionar los conflictos comerciales que se puedan producir. Tiene la misión de administrar los órganos que se van a crear en su seno para la solución de diferencias entre sus miembros: el Consejo de Comercio de Mercancías, el Consejo de Servicios y el Consejo de los Derechos de Propiedad Intelectual.
Principios de funcionamiento: El principio básico de funcionamiento de la OMC se contiene en la cláusula de la nación más favorecida; esto significa que las partes contratantes están obligadas a concederse mutuamente un trato igualmente favorable al que otorguen a cualquier otro país miembro del Acuerdo en sus relaciones comerciales. Por ejemplo, si España decide suprimir los aranceles a todos los productos textiles importados procedentes de Irak, se verá obligada, por las reglas de la OMC, a ofrecer las mismas condiciones a todos los fabricantes textiles del mundo cuyos países forman parte de la OMC. Por tanto, ningún país puede conceder a otro ventajas comerciales especiales ni ejercer discriminación contra él.
Todos los países pueden beneficiarse de cualquier reducción que se haga de los obstáculos al comercio. Este principio básico tiene varias excepciones. Las más importantes son las que se refieren a los acuerdos de integración regional (zonas de libre comercio y uniones aduaneras) y las concesiones a los países en desarrollo.
Por el principio de transparencia los gobiernos se comprometen a eliminar todo tipo de barreras (cuantitativas y cualitativas) no arancelarias y a sustituirlas por barreras arancelarias. Se considera que la protección de las industrias nacionales debe efectuarse esencialmente mediante aranceles y no con otras medidas, como cuotas o contingentes, normas parasanitarias, restricciones voluntarias a la exportación y otras prácticas restrictivas no arancelarias que han ido disminuyendo gracias a la intervención de la OMC. El ejemplo más claro de restricciones cuantitativas lo constituye el sector de las fibras textiles y prendas de vestir, cuyo comercio se rige por el Acuerdo Multifibras, a través del cual los países más desarrollados negocian con los países en vías de desarrollo el acceso de los productos textiles a sus mercados. Se establecen cuotas entre países y para cada tipo de producto.
A través del principio de no discriminación se tratan de eliminar políticas que alteran la competencia comercial entre países. Este es el caso de los efectos del dumping o de las subvenciones, reglas de libertad de tránsito, política de empresas públicas, etc. No obstante, la actuación del GATT en estos temas ha sido, por el momento, limitada.
Por último, la OMC autoriza dar un trato preferencial a los países en vías de desarrollo. Se incluyen distintas medidas.
La cláusula de habilitación permite llevar a cabo acuerdos multilaterales sobre medidas no arancelarias, establecer concesiones arancelarias a través del Sistema de Preferencias Generalizadas y dar un tratamiento especial a los países del “cuarto mundo” (los veinte países más pobres).
-       Cláusula de la nación más favorecida: significa que las partes contratantes están obligadas a concederse mutuamente un trato igualmente favorable al que otorguen a cualquier otro país miembro del Acuerdo en sus relaciones comerciales.
-       Principio de transparencia: los gobiernos se comprometen a eliminar todo tipo de barreras (cuantitativas y cualitativas) no arancelarias y a sustituirlas por barreras arancelarias.
-       Principio de no discriminación: se trata de eliminar políticas que alteran la competencia comercial entre países.
-       Trato preferencial a los países en vías de desarrollo.
Las negociaciones arancelarias: Aparte de velar por el cumplimiento de estos principios y resolver las reclamaciones de los países miembros acerca de prácticas comerciales sancionables, otra misión de la OMC es la de servir de marco negociador entre todos sus miembros con el objetivo de reducir las tarifas arancelarias y desmantelar las barreras al comercio. Periódicamente se realizan negociaciones que reciben el nombre de rondas. Hasta el momento ha habido ocho rondas. La última, la ronda de Uruguay se inició en la ciudad balneario uruguaya de Punta del Este en septiembre de 1986, finalizando en Ginebra en diciembre de 1993. Las rondas son cada vez más largas, lo que se explica por la creciente complejidad de los asuntos que se tratan y que abarcan no sólo temas arancelarios.
Rondas de negociación del GATT: En la ronda de Uruguay se decidió crear una Organización Mundial de Comercio (OMC) para reemplazar al GATT y a todos los acuerdos multilaterales existentes.

 

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